Partes:
In re: Héctor J. Rivera Torres
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplimiento con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua.
Número de Caso:
TS-18,938
Año:
2025
Fecha:
12 de marzo de 2025
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, identificada como TS-18,938, con fecha de 12 de marzo de 2025. La materia principal es la conducta profesional del Lcdo. Héctor J. Rivera Torres. El Tribunal ejerce su facultad disciplinaria para suspender al abogado debido a su incumplimiento con las órdenes del Tribunal y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El Lcdo. Rivera Torres no completó los créditos de educación jurídica continua requeridos para el periodo de 2018 a 2021. Además, adeudaba multas por cumplimiento tardío y por el referido de su caso al Tribunal. A pesar de haber sido notificado por el PEJC y concedérsele términos para subsanar la deficiencia y pagar las multas, el abogado no cumplió. Como consecuencia de su reiterado incumplimiento, el Tribunal ha ordenado su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. Esta decisión resalta la importancia del cumplimiento con la educación continua y las directrices del Tribunal para mantener la licencia profesional.
| In re: | |
|---|---|
| 2025 TSPR 21 | |
| 215 DPR | |
| Héctor J. Rivera Torres |
Número del Caso: TS-18,938
Fecha: 12 de marzo de 2025
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María Cecilia Molinelli González Directora Ejecutiva Lcda. Nicolle Lozada Díaz Asesora Legal II Lcda. Caridad Rodríguez Feliciano Asesora Legal I Lcda. Myrel D. Marín Cruz Asesora Administrativa
Representante legal del Sr. Héctor Juan Rivera Torres Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplimiento con las órdenes de...
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