Partes:
In re: Raúl E. Rondón Medina
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir con los requisitos de educación continua y no acatar las órdenes y requerimientos de este Tribunal
Número de Caso:
TS-4,192
Año:
2017
Fecha:
6 de junio de 2017
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió al Lcdo. Raúl E. Rondón Medina del ejercicio de la abogacía. La decisión se basa en el incumplimiento del letrado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y en no acatar las órdenes y requerimientos del Tribunal. Se detalla que el abogado incumplió con los requisitos de educación continua para el periodo del 1 de octubre de 2007 al 30 de septiembre de 2009. A pesar de recibir un aviso de incumplimiento en noviembre de 2009 y un término adicional de sesenta días, el licenciado Rondón Medina no completó los requisitos ni pagó la cuota por cumplimiento tardío. También se informó de incumplimientos para periodos subsiguientes (2009-2011 y 2011-2013). La suspensión es efectiva a partir del 14 de junio de 2017.
| In re: | 2017 TSPR 103 |
|---|---|
| Raúl E. Rondón Medina | 198 DPR |
Número del Caso: TS-4192
Fecha: 6 de junio de 2017
Abogado del promovido:
Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director
Materia: La suspensión será efectiva el 14 de junio de 2017, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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