Partes:
In re: Josué V. Lorenzi Antonetty
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión indefinida de la abogacía por incumplir con el Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-16,674
Año:
2018
Fecha:
16 de julio de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Josué V. Lorenzi Antonetty del ejercicio de la abogacía. La decisión Per Curiam se fundamenta en el incumplimiento del abogado con los requisitos de educación jurídica continua para el periodo 2010-2012. A pesar de haber sido notificado del incumplimiento por el Programa de Educación Jurídica Continua, el licenciado no subsanó la deficiencia. Posteriormente, el Tribunal le ordenó comparecer y mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. El abogado desatendió esta orden y una prórroga final concedida por el Tribunal. Su inacción, incluso tras notificación personal, persistió hasta la fecha de la decisión. El Tribunal considera que desatender sus requerimientos viola el Canon 9 del Código de Ética Profesional y menoscaba su poder regulador. Tal conducta justifica la separación inmediata e indefinida de la profesión. La suspensión es efectiva a partir del 25 de julio de 2018.
| In re: | |
|---|---|
| 2018 TSPR 135 | |
| Josué V. Lorenzi Antonetty | 200 DPR |
Número del Caso: TS-16,674
Fecha: 16 de julio de 2018
Abogado de la parte promovida: Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director
Materia: La suspensión será efectiva el 25 de julio de 2018, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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