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Casos/Tribunal Supremo/AC-2018-61 AC-2018-90

Consolidated Waste Services, Corp. v. Gobierno Municipal de Las Piedras ——————— Consolidated Waste Services, Corp. v. Gobierno Municipal de Gurabo

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

Consolidated Waste Services, Corp. v. Gobierno Municipal de Las Piedras ——————— Consolidated Waste Services, Corp. v. Gobierno Municipal de Gurabo

Ponente:

Hon. Martínez Torres

Materia:

Ley de Municipios Autónomos: Los contratos otorgados para el manejo de desperdicios, previo a la enmienda que la Ley Núm. 14-2016 hiciera a la Ley de Municipios Autónomos, no requieren la aprobación de la Legislatura Municipal

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AC-2018-61 AC-2018-90

Año:

2019

Fecha:

20 de noviembre de 2019

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió la cuestión de si los contratos municipales para el manejo de desperdicios sólidos requerían la aprobación de la Legislatura Municipal antes de la enmienda que la Ley Núm. 14-2016 introdujo a la Ley de Municipios Autónomos. La controversia surgió en casos consolidados, donde un municipio argumentó la nulidad de un contrato de servicios por no contar con dicha aprobación legislativa. La opinión del Tribunal, emitida por el Juez Asociado Martínez Torres, concluyó que, previo a la referida enmienda de 2016, la Ley de Municipios Autónomos no exigía expresamente la aprobación de la Legislatura Municipal para este tipo de contratos. Por consiguiente, el Tribunal determinó que los contratos de disposición de desperdicios sólidos otorgados antes de la vigencia de la Ley Núm. 14-2016 podían ser suscritos por el alcalde sin necesidad de la aprobación legislativa municipal. Esta decisión aclara el requisito legal aplicable a dichos acuerdos contractuales en el período anterior a la modificación legislativa.

Contenido del Caso

Número del Caso: AC-2018-61 AC-2018-90

Fecha: 20 noviembre de 2019

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Guayama, Fajardo y Humacao

Abogado de la parte apelante: Lcdo. Roberto Bonano Rodríguez

Abogados de la parte apelada: Lcdo. Luis Sánchez Betances Lcda. Rosa L. Irizarry Millán

Materia: Ley de Municipios Autónomos: Los contratos otorgados para el manejo de desperdicios, previo a la enmienda que la Ley Núm. 14-2016 hiciera a la Ley de Municipios Autónomos, no requieren la aprobación de la Legislatura Municipal

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo q...

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