Partes:
In re: Carlos G. Chaves Torres
Ponente:
Hon. Ángel Colón Pérez
Materia:
Derecho Notarial – En aquellos contratos de arrendamiento donde se incluye una cláusula accesoria de opción a prórroga, cuyo ejercicio requiere del otorgamiento de una escritura pública, los respectivos aranceles notariales por la prórroga se pagarán al momento del otorgamiento de esta última.
Número de Caso:
TS-13,924
Año:
2025
Fecha:
27 de marzo de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve una controversia entre la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y el Lcdo. Carlos G. Chaves Torres sobre el momento adecuado para el pago de aranceles notariales en contratos de arrendamiento con opción a prórroga. La decisión establece que, cuando un contrato de arrendamiento incluye una cláusula accesoria de opción a prórroga cuyo ejercicio requiere el otorgamiento de una escritura pública, los aranceles correspondientes a dicha prórroga deben cancelarse al momento de otorgar este último instrumento. El caso surge tras una inspección de la obra protocolar del licenciado Chaves Torres, donde la ODIN identificó supuestas deficiencias en la cancelación de sellos y derechos arancelarios. El Tribunal aclara que la obligación de pago surge con la formalización del acto jurídico que hace efectiva la prórroga, y no necesariamente con la firma del contrato original si este último solo contempla la opción como una posibilidad futura condicionada. Esta pauta jurisprudencial busca uniformar el criterio notarial respecto a la tributación de documentos públicos que contienen facultades de extensión contractual. De esta manera, se puntualiza la interpretación correcta de la normativa aplicable para garantizar la seguridad jurídica en el tráfico notarial.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: TS-13,924
Fecha: 27 de marzo de 2025
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús Director
Representante legal del Lcdo. Carlos G. Chaves Torres: Lcdo. Juan C. Salichs Pou
Materia: Derecho Notarial - En aquellos contratos de arrendamiento donde se incluye una cláusula accesoria de opción a prórroga, cuyo ejercicio requiere del otorgamiento de una escritura pública, los respectivos aranceles notariales por la prórroga se pagarán al momento del otorgamiento de esta última.
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