Partes:
In re: Lillian Annette Ramos Bahamundi
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata por el término de seis (6) meses por infringir los Cánones 9, 12, 18, 19, 20, 23, 35 y 38 de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2020-0013 y CP-2020-0017
Año:
2025
Fecha:
25 de abril de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata de la Lcda. Lillian Annette Ramos Bahamundi del ejercicio de la abogacía y la notaría por un término de seis meses. Esta sanción disciplinaria responde a múltiples infracciones al Código de Ética Profesional identificadas en las querellas consolidadas CP-2020-0013 y CP-2020-0017. En el primer caso, se determinó que la abogada violó los cánones relacionados con la competencia, el deber de informar al cliente, la renuncia de representación legal y el manejo de bienes. En el segundo proceso, se hallaron faltas éticas vinculadas a su conducta ante los tribunales, la puntualidad en la tramitación de causas y la diligencia profesional. El foro judicial enfatizó que el proceder de la licenciada afectó la sinceridad, honradez y la dignidad que deben regir la profesión legal. La decisión reafirma la obligación de los miembros del foro de cumplir estrictamente con sus deberes hacia los clientes y el sistema de justicia. Esta medida busca preservar la integridad de la práctica jurídica y proteger el interés público frente a conductas negligentes.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CP-2020-0013 CP-2020-0017
Fecha: 25 de abril de 2025
Oficina del Procurador General:
Lcda. Lorena Cortés Rivera Subprocuradora General
Lcda. Mabel Sotomayor Hernández Subprocuradora General
Lcda. Gisela Rivera Matos Procuradora General Auxiliar
Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Representante legal de la querellada:
Lcda. Daisy Calcaño López
Comisionada Especial:
Hon. Eloina Torres Cancel
Oficina del Procurador General:
Lcda. Lorena Cortés River...
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