Partes:
IN RE: ENRIQUE GÓMEZ RODRIGUEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
4878
Año:
2002
Fecha:
11 de marzo de 2001
El Tribunal Supremo de Puerto Rico dictó una resolución ordenando al abogado Enrique Gómez Rodríguez mostrar causa por no haber satisfecho el pago de la cuota de colegiación. Se le apercibió que el incumplimiento conllevaría su suspensión automática del ejercicio de la abogacía. El abogado fue notificado pero no presentó contestación dentro del término concedido. Ante su renuencia injustificada a pagar la cuota y su indiferencia a las órdenes del Tribunal, se decretó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta suspensión se mantendrá hasta que el Tribunal disponga otra cosa. Se le impuso el deber de notificar a todos sus clientes, devolver honorarios por trabajos no realizados e informar a los distintos foros judiciales y administrativos. Deberá certificar el cumplimiento de estas órdenes en treinta días. La Oficina del Alguacil General procederá a incautarse de su obra y sello notarial.
| In re: | 2002 TSPR 47 |
|---|---|
| Enrique Gómez Rodríguez | 156 DPR |
Número del Caso: 4878
Fecha: 11/marzo/2002
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcda. Sheila I. Vélez Martínez Directora Ejecutiva
Materia: Suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría por no haber satisfecho el pago de la cuota de colegiación. (La suspensión es efectiva a partir del 3 de abril de 2002, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito