Partes:
In re: Yarivette Mojica Hernández
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Regla 15 – Suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía como medida de protección social al amparo de la Regla 15 del Reglamento del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-18,002
Año:
2025
Fecha:
14 de octubre de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión indefinida de la Lcda. Yarivette Mojica Hernández del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta determinación se fundamenta en la Regla 15 del Reglamento del Tribunal Supremo como una medida de protección social necesaria. El Tribunal concluyó que la abogada no se encuentra en condiciones aptas para desempeñar adecuadamente las funciones de la profesión legal. La controversia surgió tras un proceso rutinario de inspección de su obra notarial iniciado por la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) en enero de 2024. A pesar de múltiples prórrogas y oportunidades, la licenciada mostró una actitud poco colaboradora y confrontativa hacia el personal inspector. La ODIN informó que la abogada se negó a subsanar deficiencias señaladas y no compareció a procesos de reinspección programados. Ante el incumplimiento reiterado y la falta de corrección de su obra, el Tribunal procedió con la suspensión inmediata para salvaguardar el interés público y la integridad de la profesión.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: TS-18,002
Fecha: 14 de octubre de 2025
Representante legal de la Sra. Yarivette Mojica Hernández:
Por derecho propio
Oficina del Procurador General:
Lcdo. Edwin B. Mojica Camps Subprocurador General
Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Lcda. Fabiola Sosa Baco Procuradora General Auxiliar
Comisionada Especial:
Hon. Crisanta González Seda
Materia: Regla 15 - Suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía como medida de protección social al amparo de la Regla 15 del Reglamento del Tr...
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