Partes:
In re Jaime Ferrer Fontánez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría al amparo de la Sec. 9 de la Ley de 11 de marzo de 1909 (comisión de delito grave que implica depravación moral).
Número de Caso:
TS-16,146
Año:
2020
Fecha:
9 de septiembre de 2020
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario sobre el Lcdo. Jaime Ferrer Fontánez. La acción se tomó debido a que el abogado incurrió en varios delitos graves, incluyendo maltrato bajo la Ley 54, infracción a la ley de menores y manejo bajo los efectos de bebidas embriagantes. El licenciado Ferrer Fontánez se declaró culpable de estos cargos en 2016 y se le concedió libertad a prueba. Sin embargo, incumplió las condiciones de la probatoria, la cual fue revocada en enero de 2020. Como resultado, se le impuso una pena de reclusión de cuatro años y ocho meses y una multa, y actualmente se encuentra encarcelado. Considerando la gravedad de los delitos y que reflejan depravación moral, el Tribunal decretó su suspensión inmediata e indefinida de la práctica de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva a partir del 10 de septiembre de 2020.
| In re: | |
|---|---|
| Jaime Ferrer Fontánez | 2020 TSPR 101 |
| 205 DPR |
Número del Caso: TS-16,146
Fecha: 9 de septiembre de 2020
Abogada del Lcdo. Jaime Ferrer Fontánez: Lcda. Daisy Calcaño López
Materia: La suspensión será efectiva 10 de septiembre de 2020, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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