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Casos/Tribunal Supremo/CP-2014-10 (TS-5694)

In re: Yvelisse Fingerhut Mandry

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

In re: Yvelisse Fingerhut Mandry

Ponente:

Per Curiam

Materia:

Conducta Profesional – Suspensión de (3) tres meses del ejercicio de la abogacía por quebrantar los Cánones 35 y 38 de Ética Profesional

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CP-2014-10 (TS-5694)

Año:

2016

Fecha:

30 de agosto de 2016

Resumen

Documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre un caso de conducta profesional contra la Lcda. Yvelisse Fingerhut Mandry. La queja, presentada en 2007, fue radicada por el Sr. Enrique Mandry Mercado. Las alegaciones principales se relacionan con las actuaciones de la abogada como apoderada de una menor de edad. Se cuestionó la disposición de bienes de la menor utilizando un poder otorgado cuando esta no tenía capacidad legal para consentir. Además, se imputó a la abogada no haber obtenido la autorización judicial necesaria para disponer de dichos bienes. También se alegó que la licenciada Fingerhut Mandry representó legalmente al quejoso sin tener autorización. La queja fue referida a la Oficina de la Procuradora General en 2013 tras un informe de la Oficina de Inspección de Notarías. El Tribunal Supremo emitió su decisión el 30 de agosto de 2016. Como resultado de este proceso, se impuso una suspensión a la abogada. La suspensión fue efectiva a partir del 8 de septiembre de 2016.

Contenido del Caso

In re:
2016 TSPR 193
Yvelisse Fingerhut Mandry196 DPR

Número del Caso: CP-2014-10 (TS-5649)

Fecha: 30 de agosto de 2016

Abogado de la Querellada: Lcdo. César Hernández Colón

Oficina de la Procuradora General: Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontanez Procuradora General Auxiliar

Comisionado Especial: Hon. Crisanta González Seda

Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 8 de septiembre de 2016, fecha en que se le notificó por correo a la abogada de su suspensión inmediata

Este documento consti...

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