Partes:
García Morales v. Mercado Rosario
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Materia:
Procedimiento Apelativo – Métodos de notificación del recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones
Número de Caso:
CC-2013477 cons. CC-2013-556
Año:
2014
Fecha:
19 de marzo de 2014
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consolidó dos casos (CC-2013-477 y CC-2013-556) para resolver si el Reglamento del Tribunal de Apelaciones permite notificar la presentación de un recurso de certiorari mediante correo certificado. En ambos casos, el Tribunal de Apelaciones se había declarado sin jurisdicción y desestimado los recursos. El foro apelativo intermedio interpretó que la Regla 33(A) de su Reglamento requería la notificación personal al Tribunal de Primera Instancia, no por correo certificado. La parte recurrida en ambos casos había notificado el recurso por correo certificado. El Tribunal Supremo resolvió que el Reglamento del Tribunal de Apelaciones sí reconoce la notificación mediante correo certificado como válida. Por consiguiente, revocó las Sentencias del Tribunal de Apelaciones que declararon la falta de jurisdicción basándose en este método de notificación. La decisión, emitida el 19 de marzo de 2014, aclara el método válido de notificación para este tipo de recursos ante el foro apelativo intermedio.
| Merced García Morales Recurrido | |
|---|---|
| v. | |
| Ángela Mercado Rosario Peticionaria | Certiorari |
| 2014 TSPR 43 | |
| Carmen Meléndez Peticionaria v. | 190 DPR |
| Roberto Santana Salas y Otros Recurridos |
Número del Caso: CC-2013-477 CC-2013-556
Fecha: 19 de marzo de 2014
Tribunal de Apelaciones, Región Judicial de Fajardo
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Josué D. De León Rodríguez
Abogada de la Recurrida: Lcda. Leticia Pabón Ortiz
Tribunal de Apelaciones, Región Judicial de Mayagüez Abogado de la Parte Peticionaria: ...
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