Partes:
In re: José Luis Cotto Ramos
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y notaría por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y con las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-9,803
Año:
2018
Fecha:
20 de marzo de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su poder disciplinario sobre el Lcdo. José L. Cotto Ramos. Se ordena su separación de la práctica legal y notarial. La decisión se basa en su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el periodo 2011-2012. El Director del PEJC informó al Tribunal sobre esta falta. El Tribunal emitió una Resolución el 30 de mayo de 2017, concediéndole 20 días para mostrar causa por la cual no debía ser separado. Ante su inacción, se dictó una segunda Resolución el 29 de diciembre de 2017, otorgándole un plazo final de 10 días para cumplir. A pesar de las advertencias de posibles sanciones severas, incluyendo la separación, el licenciado Cotto Ramos desobedeció las órdenes del Tribunal. Por consiguiente, se dicta su separación de la profesión, efectiva el 6 de julio de 2018.
| In re: | 2018 TSPR 121 |
|---|---|
| José Luis Cotto Ramos | 200 DPR |
Número del Caso: TS-9,803
Fecha: 20 de marzo de 2018
Abogado del promovido: Por derecho propio.
Director del Programa de Educación Jurídica: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director
Materia: La suspensión será efectiva el 6 de julio de 2018, fecha en que se le notificó por correo al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su ...
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