Partes:
In re: Celimar Gracia Marín; Rayda I. Mitchell Pagán; Doris Carrero Ruiz
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Conducta Profesional
Número de Caso:
TS-000011638 TS-000014264 TS-000012977
Año:
2006
Fecha:
1 de septiembre de 2006
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en respuesta a una queja de la Jueza Tomasa del Carmen Vázquez Chévere de la Sala Superior de Caguas. La queja se refería a la conducta profesional de las abogadas Celimar Gracia Marín, Rayda I. Mitchell Pagán y Doris Carrero Ruiz de la Sociedad de Asistencia Legal. La Jueza alegó que las abogadas actuaron de forma irrespetuosa, se ausentaron sin informar, llegaron tarde, solicitaron inhibiciones injustificadas y mostraron actitudes hostiles. El Tribunal Supremo reconoció la queja y señaló que conductas similares han sido referidas anteriormente. Reafirmó la facultad inherente de los jueces de instancia para mantener el orden en sus salas y asegurar el cumplimiento de sus órdenes. Esta facultad incluye el poder de castigar por desacato y de imponer sanciones económicas a los abogados. Citó la base legal en 4 L.P.R.A. secs. 1a, 362a, 362b y jurisprudencia previa. En consecuencia, el Tribunal Supremo devolvió el asunto a la Sala Superior de Caguas para que tomara la acción correspondiente.
In re: Celimar Gracia Marín Rayda I. Mitchell Pagán Doris Carrero Ruiz
2006 TSPR 140 168 DPR $\qquad$
Número del Caso: TS-11638 TS-14264 TS-12977
Fecha: 1 de septiembre de 2006
Materia: Conducta Profesional
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