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Casos/Tribunal Supremo/AB-2023-0291 AB-2024-0045

In re: Iris N. Miranda Rovira

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

In re: Iris N. Miranda Rovira

Ponente:

Per Curiam

Materia:

Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con las órdenes de este Tribunal.

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AB-2023-0291 AB-2024-0045

Año:

2024

Fecha:

26 de diciembre de 2024

Resumen

Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, fechada el 26 de diciembre de 2024, relativa a un caso de conducta profesional contra la Lcda. Iris N. Miranda Rovira. El Tribunal ejerce su facultad disciplinaria para imponer una sanción severa. La decisión principal es la suspensión inmediata e indefinida de la abogada del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida se toma específicamente por el incumplimiento de las órdenes emitidas por el propio Tribunal. El proceso disciplinario se originó a raíz de una queja presentada por un ciudadano. Según la queja, la abogada no completó un trámite para el que fue contratada y pagada, y no respondía a las comunicaciones. Como parte del trámite, el Tribunal ordenó a la abogada contestar la queja en un término de diez días, bajo apercibimiento de sanciones. La abogada no cumplió con este término inicial, solicitando una prórroga posteriormente. El Tribunal Supremo determina que la conducta de la licenciada, particularmente su falta de cumplimiento con las órdenes judiciales, justifica la suspensión indefinida de la profesión.

Contenido del Caso

In re:
Iris N. Miranda Rovira2024 TSPR 137
(TS-14,819)215 DPR

Número del Caso: AB-2023-0291 AB-2024-0045

Fecha: 26 de diciembre de 2024

Oficina del Procurador General: Lcda. Mabel Sotomayor Hernández Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar Lcda. Yara I. Alma Bonilla Procuradora General Auxiliar

Representante legal de la promovida: Por derecho propio

Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con las órdenes de este Tribunal.

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