Partes:
In re: Aníbal Acevedo Rivera
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata del ejercicio de la notaría por el término de dos meses, por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías.
Número de Caso:
TS-10,601
Año:
2021
Fecha:
17 de mayo de 2021
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional del abogado y notario Aníbal Acevedo Rivera. Se ejerce jurisdicción disciplinaria por incumplimiento con la Ley y Reglamento Notarial, el Código de Ética Profesional y requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías. La acción surge de su actuación en un caso civil donde autorizó una escritura de emancipación para un menor codemandante al que representaba. También recibió el 33% de una transacción sin autorización judicial para honorarios superiores al 25% para el menor. La Oficina de Inspección de Notarías concluyó que infringió la Regla 5 del Reglamento Notarial y los Cánones 24 y 38 del Código de Ética. Como resultado, se impone una suspensión de sus funciones notariales. La suspensión es efectiva a partir del 19 de mayo de 2021, fecha de su notificación.
| In re: | |
|---|---|
| 2021 TSPR 67 | |
| Aníbal Acevedo Rivera | 207 DPR |
Número del Caso: TS-10,601
Fecha: 17 de mayo de 2021
Sr. Aníbal Acevedo Rivera: Por derecho propio
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila de Jesús
Materia: La suspensión será efectiva el 19 de mayo de 2021, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata de la notaría.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su...
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