Partes:
IN RE: LOURDES CALES SANTIAGO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
10,464
Año:
2001
Fecha:
22 de diciembre de 2001
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una querella de conducta profesional presentada por la Oficina del Procurador General contra la Lcda. Lourdes Cales Santiago. El 30 de marzo de 2001, el Tribunal emitió una resolución requiriendo a la abogada contestar la querella y mostrar causa para no ser suspendida provisionalmente. La licenciada Cales Santiago solicitó una prórroga de sesenta días el 23 de abril de 2001 para cumplir con la orden. El Tribunal le concedió un término adicional de veinte días mediante resolución del 30 de abril de 2001. Posteriormente, el 4 de junio de 2001, la abogada solicitó una nueva prórroga de treinta días. A la luz de los documentos en autos, el Tribunal Supremo emitió una resolución el 22 de junio de 2001. Dicha resolución ordena la suspensión inmediata de la Lcda. Lourdes Cales Santiago del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 11 de julio de 2001, fecha en que se le notificó la decisión.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: 10,464
Fecha: 22/junio/2001
Oficina del Procurador General
Lcda. Cynthia Iglesias Quiñones Procuradora General Auxiliar
Abogados de la Parte Querellada: Lcdo. Francisco Dolz Sánchez Lcda. Laura Maldonado Rodríguez Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 11 de julio de 2001, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata)
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