Comisiones · Senado
Comisión de Juventud, Recreación y Deportes
- Medidas referidas
- 56
- Convertidas en ley
- 7
- Tasa de conversión
- 15.2%
sobre 46 proyectos
Jurisdicción
La Comisión de Juventud, Recreación y Deportes tendrá jurisdicción en todo asunto que vaya dirigido a promover los derechos y beneficios de los jóvenes puertorriqueños, así como, de todo asunto relacionado con la Recreación y el Deporte en Puerto Rico. En ese contexto, deberá realizar un análisis detallado de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como, "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico" y de toda legislación que impacte el deporte puertorriqueño.
Deberá analizar la política pública con relación a la recreación y el deporte en Puerto Rico para proponer los cambios necesarios que vayan dirigidos a la protección de los atletas y al desarrollo pleno de estos. Fomentará el deporte como un aspecto esencial para una vida saludable y promoverá el desarrollo comunitario a través del deporte y la recreación en Puerto Rico, a la vez que propicie la activa y consecuente participación de los atletas en eventos locales, nacionales e internacionales.
Atenderá los programas de educación física en los planteles públicos y el desarrollo de atletas de alto rendimiento. Estudiará las medidas y programas de planificación y construcción de instalaciones deportivas o de recreación y velará por la óptima conservación de las mismas.
Por último, será responsable en todo asunto relacionado con la política pública establecida para el desarrollo y bienestar de la juventud. Realizará un estudio de todos los programas de servicio a la juventud que existen actualmente en las agencias del Gobierno de Puerto Rico. Además, velará por toda legislación relacionada al sector demográfico de la juventud en Puerto Rico, programas, servicios y facilidades.
Integrantes
- Rafael Santos OrtizPresidentePartido Nuevo Progresista13 autoradas
- Héctor Gabriel González LópezVicepresidentePartido Nuevo Progresista1 autoradas
- Luis Daniel Colón La SantaSecretarioPartido Nuevo Progresista1 autoradas
- José Luis Dalmau SantiagoPortavozPartido Popular Democrático1 autoradas
- Adrián González CostaPortavozPartido Independentista Puertorriqueño— autoradas
- Thomas Rivera SchatzPartido Nuevo Progresista8 autoradas
- Brenda Pérez SotoPartido Nuevo Progresista1 autoradas
- Wilmer Reyes BerríosPartido Nuevo Progresista1 autoradas
- Carmelo Ríos SantiagoPartido Nuevo Progresista1 autoradas
- Marissa Jiménez SantoniPartido Nuevo Progresista1 autoradas
- Jeison Rosa RamosPartido Nuevo Progresista2 autoradas
- Joanne Rodríguez VeveIndependiente— autoradas
- Eliezer Molina PérezIndependiente1 autoradas
Integrantes según el portal del cuerpo legislativo, verificado el 10/04/2026.
Temas de sus leyes
Medidas
56 medidas.
| Autoría | Resultado | ||
|---|---|---|---|
| PC0466Proyecto de la Cámara Para crear la “Ley del Comité de Juventud Ahora”, adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, con el fin de fomentar la participación activa de la juventud en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y propuestas del Gobierno de Puerto Rico que redunden en beneficio de esta población; añadir un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica, el Programa de Desarrollo de la Juventud, y el Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico dentro del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio”, para crear el “Comité de Juventud Ahora”, establecer sus funciones y atemperar las disposiciones de la Ley 171-2014 a lo dispuesto en esta Ley; y para otros fines relacionados. | Carlos J. Méndez Núñez | No aprobada | 28 de marzo de 2025 |
| PC0435Proyecto de la Cámara Para emnendar los Artículos 2 y 4, añadir un nuevo Artículo 5 y reenumerar el Artículo 5 como Artículo 6, respectivamente de la Ley 6-2011, a los fines de añadir como requisito presentar evidencia de resultado negativo a prueba de detección de sustancias controladas; establecer que, a todo entrenador, adscrito al Departamento de Recreación y Deportes, se le podra administrar pruebas periódicas para la detección de sustancias confroladas; y para otros fines relacionados. | José F. Aponte Hernández | Ley 59-2026 | 21 de marzo de 2025 |
| PC0408Proyecto de la Cámara Para crear la “Ley de Asistencia Sicológica En Eventos Deportivos a Menores” con el fin de garantizar que los menores de edad tengan asistencia sicológica en todo evento y/o competencia deportiva; y para otros fines relacionados. | Luis Josean Jiménez Torres | No aprobada | 17 de marzo de 2025 |
| PS0337Proyecto del Senado Para enmendar el Artículo 9, añadir unos nuevos Artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, y renumerar los actuales Artículos del 13 al 35, como los Artículos del 20 al 42, respectivamente, en la Ley 171-2014, según enmendada, mediante la cual, entre otras cosas, se establece el Programa de Desarrollo de la Juventud, como parte integral de la estructura del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, a los fines de consolidar en dicha Ley, aquellos otros deberes y funciones, que le fueran conferidas mediante diversas leyes adicionales; hacer correcciones técnicas, en consideración al estado de derecho que rige actualmente; derogar la Ley Núm. 22 de 20 de mayo de 1987, según enmendada, conocida corno "Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña", la Ley 35-2003, según enmendada, a través de la cual se conceden préstamos a jóvenes para cursar estudios técnicos y vocacionales o para iniciar un negocio propio, la Ley 418-2004, según enmendada, conocida como "Ley de Cooperación Mutua de Investigación y Estudios sobre la Juventud", la Ley 503-2004, según enmendada, conocida como "Ley para crear la Cumbre Anual de la Juventud Puertorriqueña (CAJUP)", la Ley 191-2008, según enmendada, conocida como "Guía de Servicios para el Joven", la Ley 1-2010, según enmendada, mediante la cual se crea el "Programa de Internados en Política Pública Carlos Romero Barceló", y la Ley 36-2014, conocida corno "Ley de la Primera Oportunidad de Empleo Juvenil en Puerto Rico"; y para otros fines relacionados. 20 de mayo de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña”, la Ley 35-2003, según enmendada, a través de la cual se conceden préstamos a jóvenes para cursar estudios técnicos y vocacionales o para iniciar un negocio propio, la Ley 418-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Cooperación Mutua de Investigación y Estudios sobre la Juventud”, la Ley 503-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear la Cumbre Anual de la Juventud Puertorriqueña (CAJUP)”, la Ley 191-2008, según enmendada, conocida como “Guía de Servicios para el Joven”, la Ley 1-2010, según enmendada, mediante la cual se crea el “Programa de Internados en Política Pública Carlos Romero Barceló”, y la Ley 36-2014, conocida como “Ley de la Primera Oportunidad de Empleo Juvenil en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados. | Héctor J. Sánchez Álvarez | Ley 134-2025 | 19 de febrero de 2025 |
| PS0328Proyecto del Senado Para declarar el “Maratón del Arrecosta’o”, que se celebra anualmente en el municipio de Trujillo Alto, Puerto Rico, como un evento deportivo de interés público en Puerto Rico; asignar fondos la celebración de dicho evento; y para otros fines relacionados. | Thomas Rivera Schatz | No aprobada | 13 de febrero de 2025 |
| RS0044Resolución del Senado Para ordenar a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, el estado de las facilidades deportivas estatales y municipales, la utilización de fondos asignados para reconstrucción y reparación, los recursos disponibles para el desarrollo de nuevas facilidades y para otros fines. | Rafael Santos Ortiz | No aprobada | 12 de febrero de 2025 |
| PS0280Proyecto del Senado “Para establecer la Ley de Protección a la Integridad Física y la Salud Mental de los atletas profesionales en Puerto Rico, a los fines de garantizar que todo atleta profesional en Puerto Rico tenga una póliza o cubierta de salud; definir el término de atleta profesional; establecer deberes y responsabilidades al gobierno central para el cumplimiento de la Ley; y para otros fines relacionados.” | José Luis Dalmau Santiago | No aprobada | 27 de enero de 2025 |
| PS0258Proyecto del Senado Para enmendar los artículos 3.059, 3.060, 3.061, 3.062, 3.063, 3.064, 3.065, 3.068, 3.069, 3.070 y 3.072 de la Ley 107-2020, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; y enmendar el inciso (a) del Artículo 11 de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de viabilizar la transferencia de la titularidad y administración de las instalaciones de recreación y deportes a los municipios que voluntariamente accedan a dicho traspaso, disponer que la misma irá acompañada de la transferencia recurrente del presupuesto promedio invertido en los últimos cinco años en la unidad correspondiente; y para otros fines relacionados. | José A. Santiago Rivera | No aprobada | 15 de enero de 2025 |
| PC0238Proyecto de la Cámara Para crear la “Ley de Igualdad de oportunidades deportivas para personas con impedimento” a los fines de establecer que el desarrollo y la construcción de gimnasios al aire libre que sean financiados con fondos públicos garanticen la igualdad en acceso a toda la ciudadanía incluyendo, pero sin limitarse a personas con impedimento físico. | Wilson J. Román López | No aprobada | 14 de enero de 2025 |
| PS0240Proyecto del Senado Para enmendar el párrafo (4) del apartado (b) de la Sección 2100.01 del Capítulo 10 y añadir un nuevo apartado (d) a la Sección 2100.01 del Capítulo 10 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de ampliar a cinco (5) años el período de exención que disfrutarán los jóvenes empresarios y aclarar la vigencia de este período; crear como excepción que cuando el negocio nuevo tenga un periodo de creación de dos (2) años o menos se podrá beneficiar de esta Sección por un periodo de tres (3) años, siempre que pueda certificar mediante declaración jurada que advino en conocimiento de estos beneficios posterior al inicio de operaciones de su negocio o empresa; y para otros fines relacionados. | Marially González Huertas | No aprobada | 13 de enero de 2025 |
| PC0181Proyecto de la Cámara Para crear la “Ley Especial para el Registro de Facilidades Deportivas y Recreativas Libres de Barreras en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, que ordenaría a la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en coordinación con el Departamento de Recreación y Deportes, la creación de un Registro Especial que identifique por municipio todos los parques e instalaciones deportivas y recreativas libres de barreras que garanticen el uso y disfrute pleno por parte de las personas con impedimentos, así como los programas de deporte adaptado en uso, sean públicos o privados; y otros asuntos afines. | Ramón A. Torres Cruz | No aprobada | 10 de enero de 2025 |
| PC0164Proyecto de la Cámara Para crear la Ley de Protección de los Deportes Femeninos; disponer que todo equipo deportivo que pertenezca a una escuela pública o institución universitaria pública, o que perteneciendo a una escuela privada o institución universitaria privada compita contra estos, deberá ser expresamente designado en alguna de las siguientes categorías basadas en el sexo biológico de sus miembros: equipos compuestos exclusivamente por personas del sexo femenino, equipos compuestos exclusivamente por personas del sexo masculino o equipos mixtos; para definir los término deportista, equipo deportivo, escuela privada, escuela pública, universidad privada, universidad pública y sexo; para disponer la aplicabilidad de la ley a todas las escuelas e instituciones universitarias públicas y a aquellas escuelas e instituciones privadas cuyos equipos deportivos compiten con equipos deportivos pertenecientes a escuelas e instituciones universitarias públicas; para disponer que ninguna escuela o institución académica cubierta por esta Ley admitirá, como miembro de un equipo deportivo compuesto exclusivamente por personas del sexo femenino, a personas del sexo masculino; para disponer que cualquier controversia sobre el sexo de un estudiante deportista, que surja en virtud de lo exigido por esta Ley, será resuelta por la escuela o institución universitaria a la cual pertenece el estudiante; para establecer las causas de acción que podrán ser instadas al amparo de esta Ley; para establecer que ninguna entidad del gobierno, agencia acreditadora o de licenciamiento, o asociación u organización atlética, podrá atender quejas, abrir investigaciones, o tomar cualquier otra acción adversa contra una escuela o institución universitaria por mantener equipos deportivos separados para estudiantes del sexo femenino; para establecer un término prescriptivo de dos (2) años para cualquier causa de acción que surja al amparo de las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 9 de enero de 2025 |
| PS0180Proyecto del Senado Para añadir un nuevo Articulo 13 en el Capitulo II, y reenumerar los articulos del 13 al 35, como los articulos del 14 ai 36, respectivamente, en la Ley 171, 2014, según enmendada, la cual se suprime a la ahora extinta Oficina de Asuntos de la Juventud, y crea, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, un denominado "Programa de Desarrollo de la Juventud", a los fines de conferirle aI Secretario de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de planificar, estrucfurar, diseñar, desarrollar e implantar, en todos los pueblos de Puerto Rico, el establecimiento de "Centros de Servicios Integrados para Jóvenes", en los cuales se les proveerán a las personas, entre las edades de13 a 29 años, programas de estudios, tutorias, capacitación y adiestramiento en el empleo, vivienda, servicios médicos, programas recreativos, deportivos y culturales, consejeria y orientación; y para otros fines relacionados. | Ángel Toledo López | No aprobada | 8 de enero de 2025 |
| NM0014Nombramiento Sr. Héctor Vázquez Muñiz como Secretario del Departamento de Recreación y Deportes | — | No aprobada | 7 de enero de 2025 |
| PS0168Proyecto del Senado Para establecer la "Ley para Incentivar la Retención y Retorno de Nuestra Juventud y Fomento de Familias Jóvenes"; enmendar las Secciones 1031.02, 1033.15, añadir nuevas Secciones 1052.05, 1052 .06 y 1052.07 de la Ley 1-2011, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendada; enmendar la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos, según enmendada; a los fines de ampliar las exenciones contributivas aplicables a jóvenes, establecer un crédito por los pagos de préstamos estudiantiles, establecer un crédito por menor dependiente en Puerto Rico, disponer para la deducibilidad de los gastos de transporte aéreo y mudanza a Puerto Rico, los pagos de alquiler residencial a largo plazo y los gastos médicos veterinarios, establecer un crédito para la compra de bicicletas eléctricas, extender la edad de elegibilidad de incentivos para jóvenes empresarios para profesionales médicos y veteranos; y para otros fines relacionados. | Ada Álvarez Conde | No aprobada | 3 de enero de 2025 |
| PS0154Proyecto del Senado Para enmendar el Artículo 7 de la Ley Núm. 135-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivos y Financiamiento para Jóvenes Empresarios”, a los fines de establecer un término que no exceda de sesenta (60) días para que la Compañía de Comercio y Exportación atienda y certifique al Programa de Desarrollo de la Juventud y al Banco de Desarrollo Económico de PR, los negocios nuevos para que le apliquen los beneficios contributivos, y para otros fines relacionados. | Wanda Soto Tolentino | No aprobada | 2 de enero de 2025 |
Las medidas son las que SUTRA lista bajo esta comisión — ver en SUTRA.