Agencia:
Junta Reglamentadora de Servicios Públicos de Puerto Rico
Número:
9673
Estado:
Activo
Año:
2025
Fecha:
12 de junio de 2025
Este reglamento, emitido por el Negociado de Telecomunicaciones de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico, establece las directrices para el Servicio Universal en la isla. Su propósito principal es asegurar la disponibilidad y asequibilidad de servicios esenciales de telecomunicaciones, incluyendo voz y banda ancha, para todos los residentes. Para lograrlo, se crea el Fondo del Servicio Universal de Puerto Rico, financiado mediante aportaciones obligatorias de las compañías de telecomunicaciones que operan en el territorio.
El reglamento detalla la administración del Fondo, incluyendo el nombramiento y las responsabilidades de un administrador, y especifica los programas y servicios que serán subsidiados. Entre los programas clave se encuentran el Programa para Clientes de Bajos Ingresos (Lifeline), que apoya servicios de telefonía de voz y acceso a internet de banda ancha, y el Servicio de Relevo de Telecomunicaciones (TRS). Además, se establecen los criterios para la designación de Compañías de Telecomunicaciones Elegibles (ETC), que son las encargadas de prestar estos servicios subsidiados, así como sus obligaciones y requisitos para mantener dicha designación. Finalmente, se definen los procesos de elegibilidad, verificación y recertificación para los beneficiarios del programa Lifeline, garantizando la correcta distribución de los subsidios.
NÚMERO: 9673 Fecha: 12 de junio de 2025 Waul W. Colón Aprobado: Nare/W. Colón Secretaria de Estado Interina Departamento de Estado
REGLAMENTO SOBRE SERVICIO UNIVERSAL
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