Agencia:
Oficina del Contralor Electoral
Número:
9665
Estado:
Activo
Año:
2025
Fecha:
27 de marzo de 2025
El Reglamento Núm. 18 de la Oficina del Contralor Electoral de Puerto Rico establece las normas para el uso del Salón de Conferencias de dicha entidad. Su propósito principal es garantizar la organización y el buen funcionamiento de procedimientos administrativos, adiestramientos, reuniones y conferencias autorizadas. Este reglamento se adopta bajo la autoridad conferida por la Ley 222-2011, conocida como "Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico". Es de aplicación obligatoria para todo el personal de la Oficina del Contralor Electoral, así como para cualquier otra entidad gubernamental o tercero autorizado que utilice las instalaciones. Las disposiciones buscan asegurar un uso adecuado, ordenado y eficiente del espacio. El documento detalla normas generales de uso, procedimientos de solicitud y autorización, reglas de conducta, registro de visitantes y horarios. También aborda la coordinación de actividades, el uso de equipo tecnológico y la propiedad mueble, incluyendo la gestión de pérdidas o hurtos. Además, establece pautas específicas para la celebración y grabación de vistas públicas y administrativas, otorgándoles prioridad. Finalmente, incluye disposiciones sobre su interpretación, posibles enmiendas y vigencia.
NÚMERO: 9665 Fecha: 27 de marzo de 2025 mmmammm Aprobado: Lcda. Veronica Ferraiuoli Hornedo Secretaria de Estado Departamento de Estado
REGLAMENTO NÚM. 18
TITULO I - DISPOSICIONES PRELIMINARES ..... 2 Sección 1.1 - Título ..... 2 Sección 1.2 - Autoridad ..... 2 Sección 1.3 - Declaración de Propósitos ..... 2 Sección 1.4 - Aplicabilidad ..... 2 Sección 1.5 - Definiciones ..... 2 TíTULO II - NORMAS GENERALES ..... 4...
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