Agencia:
Departamento de Salud
Número:
9606
Estado:
Activo
Año:
2024
Fecha:
27 de septiembre de 2024
El Reglamento del Secretario de Salud Núm. 132-A, emitido por el Gobierno de Puerto Rico el 27 de septiembre de 2024, enmienda el Reglamento Núm. 132, que regula el licenciamiento, operación y mantenimiento de los Centros de Terminación de Embarazo. Su propósito central es fortalecer la normativa existente y definir criterios específicos para la protección de menores embarazadas que no han cumplido dieciséis años, especialmente aquellas bajo sospecha de agresión sexual. La enmienda busca asegurar que estos casos sean investigados por las agencias pertinentes y que los agresores sean identificados y procesados legalmente. Asimismo, establece parámetros más rigurosos para que los Centros de Terminación de Embarazos cumplan con los procedimientos de referido a las agencias correspondientes. El Departamento de Salud prioriza salvaguardar la vida y la seguridad de las menores que quedaron embarazadas antes de la edad legal de consentimiento. Esta modificación se fundamenta en diversas leyes, incluyendo la Ley del Departamento de Salud, la Ley de Facilidades de Salud, el Código Penal y la Ley para Prevención de la Unidad Familiar y Protección de los Menores.
NÚMERO: 9606 Fecha: 27 de septiembre de 2024 Aprobado: Omar J. Marrero Secretario de Estado
Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
CARLOS R. MELLADO LÓPEZ, MD SECRETARIO DE SALUD
ARTÍCULO 1. BASE L...
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