Agencia:
Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
Número:
9515
Estado:
Activo
Año:
2023
Fecha:
10 de noviembre de 2023
Este Reglamento establece los requisitos, condiciones y procedimientos para declarar incobrables, cancelar y liquidar deudas de contribución sobre la propiedad, incluyendo recargos, intereses y penalidades, a favor de los municipios de Puerto Rico. Promulgado por el Departamento de Estado y el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), se fundamenta en los Artículos 7.003 y 7.006(k) de la Ley Núm. 107-2020, conocida como Código Municipal de Puerto Rico. El objetivo principal es regular la gestión de estas deudas vencidas. Para que una deuda sea declarada incobrable, se deben cumplir criterios específicos, como que la deuda contributiva mueble tenga diez años o más de vencida, o quince años o más para la deuda inmueble. Otros factores incluyen la insolvencia del deudor, la imposibilidad de cobro tras las gestiones del CRIM y los esfuerzos de pago del contribuyente. El reglamento detalla el procedimiento general para identificar estas cuentas y la notificación al Secretario de Hacienda.
NÚMERO: 9515 Fecha: 10 de noviembre de 2023 Aprobado: Omar J. Marrero Ortiz Secretario de Estado
Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
Reinaldo J. Paniagua Látimer Director Ejecutivo
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