Agencia:
Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras
Número:
9461
Estado:
Activo
Año:
2023
Fecha:
15 de mayo de 2023
El Reglamento para la Supervisión de los Fondos de Capital Privado, aprobado el 15 de mayo de 2023 por el Secretario de Estado, fue emitido por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) de Puerto Rico. Su propósito principal es implementar la intención legislativa y las facultades delegadas a la OCIF para examinar y supervisar los Fondos de Capital Privado. Este reglamento aplica a los fondos organizados u operando bajo las Leyes Núm. 185-2014, Núm. 60-2019 y Núm. 40-2020. Establece las normas para las inspecciones periódicas, los requisitos de notificación para la organización de un fondo y las directrices sobre los libros y registros que estas entidades deben mantener. Además, detalla las obligaciones de los fondos en cuanto a informes periódicos, ofertas de inversión, reuniones de socios e inversiones elegibles e inelegibles. También aborda la incorporación de inversionistas a juntas asesoras y el deber de suministrar información. Los fondos de capital privado son responsables de asegurar el cumplimiento estricto de estas disposiciones, advirtiendo que el incumplimiento puede acarrear multas y penalidades.
Fecha: 15 de mayo de 2023 Aprobado: Omar J. Marrero Díaz Secretario de Estado
Gobierno de Puerto Rico Departamento de Estado
GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE INSTITUCIONES FINANCIERAS SAN JUAN, PUERTO RICO
REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LOS FONDOS DE CAPITAL PRIVADO
ARTÍCULO 1. DISPOSICIONES GENERALES ..... 3 Sección 1. Título. ..... 3 Sección 2. Base Legal. ..... 3 Sección 3. Propósito y Alcance. ..... 3 Sección 4. Obligaciones y Deberes de los Fondos de Capital Privado. ..... 3 ARTÍCULO 2. DEFINICIONES ..... 4 Sección 1. ...
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