Agencia:
Oficina del Contralor Electoral
Número:
9328
Estado:
Activo
Año:
2021
Fecha:
3 de diciembre de 2021
El Reglamento Núm. 24 de la Oficina del Contralor Electoral establece las normas y procedimientos para la radicación de informes ante dicha entidad. Este reglamento, aprobado por el Subsecretario de Estado y enmendado por última vez en noviembre de 2021, detalla los requisitos para la presentación de diversos tipos de informes, las responsabilidades de los obligados a radicar y las medidas de seguridad aplicables. Se especifican los términos para la radicación, incluyendo disposiciones sobre la no radicación y la solicitud de prórrogas o dispensas. Una parte fundamental del reglamento se dedica al uso del Portal de Servicios en Línea, describiendo los requisitos para su utilización, el proceso de conexión inicial, la juramentación y presentación de informes, y la evidencia de radicación. Además, aborda el uso indebido del sistema, la asistencia compulsoria a talleres de capacitación para tesoreros y subtesoreros, y el acceso público a los informes radicados. El documento también incluye disposiciones generales y finales sobre su interpretación, enmiendas y vigencia.
NÚMERO: 9328 Fecha: 3 de diciembre de 2021 Aprobado: Lcdo. Félix E. Rivera Torres Subsecretario de Estado
REGLEMENTO NÚM. 24
ANTE LA OFICINA DEL CONTRALOR ELECTORAL
Aprobado el 29 de enero de 2013 Enmendado el 10 de mayo de 2013 Enmendado el 26 de agosto de 2015 Enmendado el 17 de diciembre de 2015 Enmendado el 22 de enero de 2016 Enmendado el 26 de junio de 2017 Enmendado el 28 de marzo de 2019 Enmendado el 17 de noviembre de 2021
TÍTULO I - DISPOSICIONES PRELIMINARES ..... 1 Sec...
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