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Reglamentos/Agencias/Departamento de Hacienda/Reglamento 9310

Reglamento 9310

Activo

Reglamento para añadir los Artículos 1031.01(a)(2)-1 al 1031.01(a)(2)-11 bajo las disposiciones de la Sección 1031.01 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011" ("Código") al Reglamento Núm. 8049 del 21 de julio de 2011, según enmendado, mejor conocido el "Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011" ("Reglamento"), promulgado al amparo de la Sección 6051.11 de dicho Código que faculta al Secretario de Hacienda a adoptar los reglamentos necesarios para poner en vigor el mismo.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Hacienda

Número:

9310

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2021

Fecha:

30 de septiembre de 2021

Descripción

Este reglamento, emitido por el Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico el 30 de septiembre de 2021, tiene como objetivo incorporar nuevos artículos al Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011. Específicamente, añade los Artículos 1031.01(a)(2)-1 al 1031.01(a)(2)-11 bajo la Sección 1031.01 de la Ley Núm. 1-2011, conocida como el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011". La normativa faculta al Secretario de Hacienda para su promulgación.

Los nuevos artículos establecen directrices detalladas para la determinación del ingreso de industria o negocio, incluyendo la venta de inventario. Se enfocan en la utilización de los principios de contabilidad generalmente aceptados para el cálculo de ingresos y costos. El reglamento aborda la determinación del costo de ventas para diversas actividades económicas.

Entre estas actividades se incluyen revendedores al por mayor y al detal, manufactura, servicios, agricultura, desarrollo de programas de computadoras (software) y proyectos de construcción de obras. Define el ingreso de industria o negocio como las ganancias y beneficios de profesiones, oficios, industrias o ventas. Además, especifica que la ganancia bruta de la venta de productos se calcula restando el costo de dichos bienes o productos vendidos del total generado por las ventas, siempre bajo principios contables aceptados. Cuando sea necesario, los inventarios deberán calcularse conforme a estos principios o según lo disponga el Secretario.

Contenido del Reglamento

Número: 9310 Fecha: 30 de septiembre de 2021 Aprobado Omar J. Marrero Díaz Secretario de Estado

Gobierno de Puerto Rico Departamento de Estado

GOBIERNO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Reglamento para añadir los Artículos 1031.01(a)(2)-1 al 1031.01(a)(2)-11 bajo las disposiciones de la Sección 1031.01 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011" ("Código") al Reglamento Núm. 8049 del 21 de julio de 2011, según enmendado, mejor conocido como el "Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011" ("Reglamento"), promulgad...

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