Agencia:
Instituto de Cultura Puertorriqueña
Número:
9139
Estado:
Activo
Año:
2019
Fecha:
16 de diciembre de 2019
Este documento formaliza la enmienda al Artículo V del Reglamento para el Uso de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto de Cultura Puertorriqueña (Reglamento #8124), con fecha de 16 de diciembre de 2019. La modificación se centra en la Sección 5.2, inciso 5, que rige las condiciones para las actividades autorizadas en las propiedades del ICP. Previamente, el reglamento prohibía la venta de bebidas alcohólicas y solo permitía su consumo en cantidades mínimas o razonables, sujeto a la autorización del Director Ejecutivo.
La enmienda, solicitada por el Director Ejecutivo Carlos R. Ruiz Cortés y enriquecida con una propuesta de un miembro de la Junta de Directores, busca flexibilizar esta normativa. La nueva redacción permite explícitamente tanto el expendio como el consumo de bebidas alcohólicas. Estas actividades deberán realizarse en cantidades razonables y siempre requerirán la previa autorización del Director Ejecutivo, quien establecerá las condiciones pertinentes. La Junta de Directores del ICP ejerció su facultad legal para adoptar esta modificación, buscando adaptar el uso de sus instalaciones a las necesidades actuales.
NÚMERO: 9139
Fecha: 16 de diciembre de 2019
Aprobado: Leda María Marrazo de León Subsecretaria de Estado
Ledo. Samuel Wiscovitch Coral Secretario Auxiliar de Servicio Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
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