Agencia:
Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
Número:
9129
Estado:
Activo
Año:
2019
Fecha:
15 de noviembre de 2019
El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) emite este reglamento para establecer el procedimiento mediante el cual los propietarios de bienes inmuebles pueden contratar a un Evaluador Profesional Autorizado (EPA) para tasar su propiedad. El propósito principal es permitir a los contribuyentes determinar el valor de su propiedad para fines de la contribución municipal, conforme a lo dispuesto por la Ley Núm. 6-2019, que enmendó la Ley Núm. 83-1991. El reglamento detalla los requisitos que deben cumplir tanto el evaluador profesional como la tasación misma, incluyendo los parámetros técnicos y la documentación necesaria para su presentación ante el CRIM. Además, especifica el término para someter la tasación contratada por el propietario y las consecuencias de no hacerlo. Se explica cómo el valor de la tasación contratada incidirá en la determinación de la contribución correspondiente y se permite la deducción de los gastos incurridos por el propietario en dicha tasación. Este marco legal busca ofrecer una alternativa a los propietarios para la valoración de sus bienes inmuebles, siempre que no medie un acreedor hipotecario. El documento fue aprobado el 15 de noviembre de 2019 y se fundamenta en varias leyes de Puerto Rico.
NÚMERO: 9129 Fecha: 15 de noviembre de 2019 Aprobado: Lcda. María Marcano de León Subsecretaria de Estado
Lcdo. Samuel Wiscovitch Coral Secretario Auxiliar de Servicio Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
I. TÍTULO ..... 1 II. BASE L...
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