Agencia:
Oficina de Gerencia y Presupuesto
Número:
9092
Estado:
Activo
Año:
2019
Fecha:
10 de junio de 2019
Este reglamento establece las normas para la administración de períodos y espacios de lactancia en la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP). Su propósito principal es garantizar un área física adecuada para la extracción y almacenamiento temporal de leche materna, así como regular los tiempos dedicados a esta actividad, asegurando privacidad, seguridad e higiene. La normativa se fundamenta en la Ley 427-2000 y la Ley 155-2002, entre otras disposiciones legales. Es aplicable a todas las funcionarias, empleadas, visitantes y contratistas que presten servicios en la OGP. Para las empleadas, se concede una hora diaria para lactar o extraer leche, la cual puede dividirse en dos períodos de 30 minutos, tres de 20 minutos, o un solo período de 60 minutos, dentro de la jornada laboral de siete horas y media. Este beneficio se extiende por un período de doce meses, contados a partir del regreso de la madre a su puesto de trabajo tras la licencia de maternidad. La OGP ha designado un cuarto de lactancia que cumple con los requisitos legales de higiene, privacidad y seguridad.
OFICINA DE RECURSOS HUMANOS Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL
NUMERO: 9092 Fecha: 10 DE JUNIO DE 201 Aprobado: Hon. Luis G. Rivedi Marín Secretario de Estado
Ledo. Samuel Wiscovitch Corali Secretario Auxiliar de Servicios Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
Reglamento para la Administración de Períodos y Espacios de Lactancia
Ley 427-2000, según enmendada, conocida como "Ley para Reglamentar el Período de Lactancia o Extracción de Leche Materna" Ley 155-2002, según enmendada, conocida como "Ley para ordenar a los Secretarios, Directores, Presidentes y Administradores públicos del EL...
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