Agencia:
Junta Reglamentadora de Servicios Públicos de Puerto Rico
Número:
9076
Estado:
Activo
Año:
2019
Fecha:
15 de marzo de 2019
Aprobado por el Secretario de Estado de Puerto Rico el 15 de marzo de 2019, este documento presenta una enmienda al Reglamento Núm. 8863. Dicho reglamento establece el procedimiento para la revisión de facturas y la suspensión del servicio eléctrico por falta de pago. Su base legal se fundamenta en la Ley 57-2014, la Ley Núm. 83 de 1941 y la Ley 38-2017. El propósito principal del Reglamento 8863 es fijar las normas para que las Compañías de Servicio Eléctrico gestionen las disputas de los clientes relacionadas con sus facturas de consumo energético. Asimismo, detalla el proceso que los clientes deben seguir para objetar facturas ante las compañías antes de solicitar una revisión al Negociado de Energía. La decisión final de la Compañía de Servicio Eléctrico es revisable por el Negociado de Energía. Esta enmienda introduce modificaciones específicas a las Secciones 1.08(A)(6) y 5.04 del reglamento original.
Número: 9076
Fecha: 15 DE MARZO DE 2019
Aprobado: Hon. Luis G. Rivera Marín
Secretario de Estado
Ledo. Felix Vega Fournier
Secretario Auxiliar
Departamento de Estado
Gobierno de Puerto Rico
ENMIENDA AL REGLAMENTO NÚM. 8863, REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE FACTURAS Y SUSPENSIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO POR FALTA DE PAGO
ARTÍCULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES ..... 3 Sección 1.01.- Título. ..... 3 Sección 1.02.- Base Legal ..... 3 Sección 1.03.- Propósito y Resumen Ejecutivo. ....
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