Agencia:
Junta Reglamentadora de Servicios Públicos de Puerto Rico
Número:
9028
Estado:
Activo
Año:
2018
Fecha:
18 de mayo de 2018
El Reglamento 9028, aprobado por la Comisión de Energía de Puerto Rico el 18 de mayo de 2018, establece las directrices para el desarrollo de microredes en la isla. Su propósito principal es regular la creación y operación de estas infraestructuras energéticas, definiendo su base legal y alcance. El documento clasifica las microredes y detalla los requisitos técnicos que deben cumplir, incluyendo la composición, los recursos de generación elegibles y los estándares de interconexión con el sistema eléctrico.
Se establecen disposiciones específicas para las microredes cooperativas, abordando aspectos como la restricción de propiedad, el tamaño, el proceso de solicitud y registro, y las tarifas de servicio. Asimismo, se delinean los requisitos para las microredes operadas por terceros, cubriendo la certificación, el registro, la estructura tarifaria, la facturación, los procedimientos de quejas y los contratos estándar.
El reglamento también describe el proceso de registro ante la Comisión, incluyendo la revisión de solicitudes, las certificaciones de cumplimiento y los cargos asociados. Finalmente, incluye secciones sobre exenciones y los procedimientos para la reconsideración de decisiones y la revisión judicial. En esencia, busca crear un marco regulatorio claro para fomentar la resiliencia y diversificación del sistema energético de Puerto Rico a través de las microredes.
Número: 9028 Fecha: 18 DE MAYO DE 2018 Aprobado: Hon. Luis G. Rivera Marín Secretario de Estado
COMISIÓN DE ENERGÍA DE PUERTO RICO
Lcdo. Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES ..... 4 ARTÍCULO 1.- DISPOSICIONES GENERALES ..... 4 Sección 1.01.- Título ..... 4 Sección 1.02.- Base Legal. ..... 4 Sección 1.03.- Propósito y Resumen Ejecutivo. ..... 4 Sección 1.04.- Aplicación. ..... 5 Sección 1.05.- Interpretación. ..... 5 Sección 1.06.-...
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