Agencia:
Negociado de la Policía de Puerto Rico
Número:
8937
Estado:
Activo
Año:
2017
Fecha:
3 de marzo de 2017
Este Reglamento establece las normas para la administración, control y seguimiento de fondos, bienes y servicios donados, cedidos, traspasados o aportados a la Policía de Puerto Rico. Su propósito principal es permitir que la Policía aumente su capacidad para prevenir y combatir la criminalidad mediante el acceso a recursos provenientes de la comunidad, fundaciones y fuentes privadas o públicas. La aceptación de estas donaciones está condicionada a que se destinen a los fines encomendados por ley a la institución. Para facilitar este proceso, se creó un Fondo Especial en el Departamento de Hacienda para el depósito de efectivo. El Superintendente de la Policía es el encargado de administrar este fondo, asegurando su buen uso bajo la fiscalización del Departamento de Hacienda y la Oficina del Contralor de Puerto Rico. El marco legal incluye la Ley Núm. 16 de 1989, que creó el Fondo Especial, y la Ley de Ética Gubernamental. Este reglamento aplica a todas las aportaciones, traspasos y cesiones realizadas a la Policía de Puerto Rico, sin importar si provienen de fuentes privadas o públicas.
Número: 8937 Fecha: 3 de marzo de 2017 Aprobado: Hon. Luis G. Rivera Marín Secretario de Estado
Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
REGLAMENTO PARA ACEPTAR, RECIBIR Y DISPONER DE FONDOS, BIENES O SERVICIOS DONADOS, CEDIDOS, TRASPASADOS Y APORTADOS A LA POLICÍA DE PUERTO RICO
MICHELLE M. HERNÁNDEZ DE FRALEY, PH.D SUPERINTENDENTE
Este Reglamento tiene como propósito establecer las normas que regularán los procesos de administración, control y seguimient...
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