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Reglamentos/Agencias/Negociado de la Policía de Puerto Rico/Reglamento 8937

Reglamento 8937

Activo

REGLAMENTO PARA ACEPTAR, RECIBIR Y DISPONER DE FONDOS, BIENES O SERVICIOS DONADOS, CEDIDOS, TRASPASADOS Y APORTADOS A LA POLICIA DE PUERTO RICO. Este Reglamento tiene como proposito establecer las normas que regularan los procesos de administracion, control y seguimiento para aceptar, recibir y disponer de fondos, bienes y servicios donados, traspasados, cedidos o aportaciones que se efectuen a la Policia segun los propositos para los cuales sean consignados.

Información del Reglamento

Agencia:

Negociado de la Policía de Puerto Rico

Número:

8937

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2017

Fecha:

3 de marzo de 2017

Descripción

Este Reglamento establece las normas para la administración, control y seguimiento de fondos, bienes y servicios donados, cedidos, traspasados o aportados a la Policía de Puerto Rico. Su propósito principal es permitir que la Policía aumente su capacidad para prevenir y combatir la criminalidad mediante el acceso a recursos provenientes de la comunidad, fundaciones y fuentes privadas o públicas. La aceptación de estas donaciones está condicionada a que se destinen a los fines encomendados por ley a la institución. Para facilitar este proceso, se creó un Fondo Especial en el Departamento de Hacienda para el depósito de efectivo. El Superintendente de la Policía es el encargado de administrar este fondo, asegurando su buen uso bajo la fiscalización del Departamento de Hacienda y la Oficina del Contralor de Puerto Rico. El marco legal incluye la Ley Núm. 16 de 1989, que creó el Fondo Especial, y la Ley de Ética Gubernamental. Este reglamento aplica a todas las aportaciones, traspasos y cesiones realizadas a la Policía de Puerto Rico, sin importar si provienen de fuentes privadas o públicas.

Contenido del Reglamento

GOBIERNO DE PUERTO RICO POLICIA DE PUERTO RICO

Número: 8937 Fecha: 3 de marzo de 2017 Aprobado: Hon. Luis G. Rivera Marín Secretario de Estado

Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico

REGLAMENTO PARA ACEPTAR, RECIBIR Y DISPONER DE FONDOS, BIENES O SERVICIOS DONADOS, CEDIDOS, TRASPASADOS Y APORTADOS A LA POLICÍA DE PUERTO RICO

MICHELLE M. HERNÁNDEZ DE FRALEY, PH.D SUPERINTENDENTE

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Articulo I. Propósito

Este Reglamento tiene como propósito establecer las normas que regularán los procesos de administración, control y seguimient...

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