Agencia:
Oficina de Comunidades Especiales de P.R.
Número:
8885
Estado:
Activo
Año:
2016
Fecha:
27 de diciembre de 2016
Aprobado el 27 de diciembre de 2016, este reglamento establece los procedimientos y criterios para la evaluación y designación de Comunidades Especiales en Puerto Rico. La Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión, adscrita al Departamento de Estado, es la entidad responsable de su implementación. Se fundamenta en la Ley 1-2001, Ley para el Desarrollo Integral de las Comunidades Especiales de Puerto Rico, que dicta la política pública para el desarrollo integral de estas poblaciones. Su propósito central es abordar la marginalidad, promoviendo el fortalecimiento organizativo y económico de las comunidades. El reglamento busca fomentar la autogestión y el apoderamiento comunitario, así como la participación activa de las comunidades en las decisiones gubernamentales que impactan su desarrollo. Incluye artículos detallados sobre su base legal, definiciones, el procedimiento de designación y los criterios para la exclusión de una comunidad del listado.
Número: 8885 Fecha: 27 de diciembre de 2016 Aprobado: Hon. Luis G. Rivera Marín Secretario de Estado
Por: Eduardo Aroseñena Muñoz Secretario Auxiliar Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión
Designación de Comunidades Especiales
Índice Página ARTÍCULO 1. PREÁMBULO ..... 2 ARTÍCULO 2. BASE LEGAL ..... 5 ARTÍCULO 3. DENOMINACION ..... 5 ARTÍCULO 4...
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