Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
8878
Estado:
Activo
Año:
2016
Fecha:
21 de diciembre de 2016
La Regla Núm. 101 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, aprobada el 21 de diciembre de 2016 por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico (OCS), establece las "Normas Aplicables a los Contratos de Servicios". Su propósito principal es fijar las directrices que la OCS utilizará para la aprobación de los formularios de contratos de servicios que se tramiten en Puerto Rico. La normativa también define los requisitos esenciales para evaluar las solicitudes de autorización para emitir dichos contratos. Además, aborda la discontinuidad de las operaciones de los proveedores de servicios y su situación financiera. Un aspecto crucial de la regla es la regulación del manejo de los fondos mantenidos en fideicomiso, destinados a garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en los contratos de servicios, conforme al Artículo 21.260 del Código de Seguros. La base legal para esta regla se encuentra en el Código de Seguros de Puerto Rico y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Incluye artículos sobre definiciones, requisitos de solicitud, divulgaciones obligatorias, garantías de cumplimiento, criterios para el manejo de fondos fiduciarios y la gestión de libros y registros.
Número: 8878 Fecha: 21 de diciembre de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado
Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar Departamento de Estado Gobierno de Puerto Rico
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO Guaynabo, Puerto Rico
REGLA NÚM. 101 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE SEGUROS DE PUERTO RICO "NORMAS APLICABLES A LOS CONTRATOS DE SERVICIOS"
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