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Reglamentos/Agencias/Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)/Reglamento 8870

Reglamento 8870

Activo

REGLAMENTO PARA LA REDUCCION VOLUNTARIA DE LA JORNADA DE TRABAJO.

Información del Reglamento

Agencia:

Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)

Número:

8870

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2016

Fecha:

7 de diciembre de 2016

Descripción

Este reglamento establece las directrices para la reducción voluntaria de la jornada de trabajo de los empleados públicos en Puerto Rico. Surge de la Ley Núm. 100-2016, que enmendó la Ley Núm. 184-2004, conocida como la "Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público". Su propósito principal es ofrecer a los servidores públicos nuevas alternativas para gestionar su horario laboral, fomentando acuerdos voluntarios con sus Autoridades Nominadoras. Estos acuerdos buscan beneficiar a los empleados sin comprometer la prestación de servicios esenciales a la ciudadanía. Además, la medida permite mejorar las condiciones de empleo sin erogación de fondos adicionales y genera ahorros significativos para el gobierno en un contexto de crisis fiscal, mediante el ajuste salarial correspondiente. La Ley Núm. 100-2016 otorgó a la OCALARH la facultad de confeccionar y aprobar la reglamentación necesaria para la implementación efectiva de estas reducciones de jornada. La OCALARH es también responsable de auditar el acatamiento de las agencias y asegurar la aplicación uniforme de estas alternativas, velando por el Principio de Mérito.

Contenido del Reglamento

Número: 8870 Fecha: 7 de diciembre de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado

Por: Francisco E. Cruz Febus Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno

REGLAMENTO PARA LA REDUCCIÓN VOLUNTARIA DE LA JORNADA DE TRABAJO

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ÍNDICE

Página Artículo I. INTRODUCCIÓN ..... 1 Artículo II. TÍTULO ..... 2 Artículo III. BASE LEGAL ..... 2 Artículo IV. APLICABILIDAD ..... 2 Artículo V. DEFINICIONES ..... 3 Artículo VI. RESPONSBILIDAD DE LA AUTORIDAD NOMINADORA ..... 5 Artículo VII. ALTERNATIVAS DE REDUCCIÓN DE JORNADA ..... 6 Artículo VIII. DISPOSICIONES GENERALES ..... ...

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