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Reglamentos/Agencias/Departamento de Justicia/Reglamento 8845

Reglamento 8845

Activo

REGLAMENTO DE LA OFICINA DE COMPENSACION Y SERVICIOS A LAS VICTIMAS Y TESTIGOS DE DELITO. La Oficina de Compensacion y Servicios a Victimas y Testigos de Delito, adscrita al Departamento de Justicia, tiene a su cargo autorizar y conceder el pago de compensacion a victimas o personas elegibles para recibir los beneficios que concede la Ley Num. 183.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Justicia

Número:

8845

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2016

Fecha:

4 de noviembre de 2016

Descripción

Este Reglamento, aprobado el 4 de noviembre de 2016 por el Secretario de Estado de Puerto Rico, establece los procedimientos para la concesión de beneficios a las víctimas y testigos de delito. Emitido por la Oficina de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito del Departamento de Justicia, su propósito principal es implementar la Ley Núm. 183-1998, conocida como "Ley de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito". El reglamento detalla los daños compensables, los requisitos de elegibilidad, las exclusiones y los procedimientos para presentar reclamaciones, reconsideraciones y revisiones judiciales. Actúa como un recurso de último recurso, complementando otras fuentes de compensación. Refleja la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de proteger a la ciudadanía, fomentar la cooperación comunitaria y asegurar un trato justo y compasivo, incluyendo la recuperación monetaria, para las víctimas de delitos específicos que sufren daños corporales, enfermedades o la muerte como consecuencia directa de un crimen.

Contenido del Reglamento

Número: 8845 Fecha: 4 de noviembre de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado

Por: Francisco E. Cruz Febus Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno

REGLAMENTO DE LA OFICINA DE COMPENSACIÓN Y SERVICIOS A LAS VICTIMAS Y TESTIGOS DE DELITO

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Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Oficina de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito

REGLAMENTO DE LA OFICINA DE COMPENSACIÓN Y SERVICIOS A LAS VÍCTIMAS Y TESTIGOS DE DELITO

TABLA DE CONTENIDO

Páginas ARTÍCULO 1 Título ..... 1 ARTÍCULO 2 Autoridad Legal ..... ...

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