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Reglamentos/Agencias/Junta de Gobierno - Universidad de Puerto Rico/Reglamento 8839

Reglamento 8839

Activo

ENMIENDAS AL REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTOS APELATIVOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO. Se enmienda este Reglamento de Procedimientos Apelativos Administrativos de la Universidad de Puerto Rico, Certificacion Num. 138 (1981-1982), segun enmendada, con el proposito de establecer expresamente en las Secciones, 2.2, 3.2, 4.2 y 5.2 la naturaleza juridisccional de los terminos para apelar a los distintos foros apelativos universitarios; eliminar la Sec. 6.22-Remedios Extraordinarios, sobre remedios extraordinarios y renumerar la seccion 6.23- Descubrimiento de prueba, como seccion 6.22; y añadir una definicion de "termino jurisdiccional" en el Articulo 8 y renumerar el inciso 28 del Art. 8- Definiciones, como inciso 29.

Información del Reglamento

Agencia:

Junta de Gobierno - Universidad de Puerto Rico

Número:

8839

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2016

Fecha:

31 de octubre de 2016

Descripción

El documento 8839, aprobado el 31 de octubre de 2016, introduce enmiendas al Reglamento sobre Procedimientos Apelativos Administrativos de la Universidad de Puerto Rico, específicamente la Certificación Núm. 138 (1981-1982) y el Reglamento #3902. Estas modificaciones tienen como propósito principal establecer expresamente la naturaleza jurisdiccional de los términos para radicar apelaciones ante los distintos foros universitarios, incluyendo el Rector, la Junta Universitaria, el Presidente y la Junta de Gobierno. Se especifica que el plazo para apelar es de treinta (30) días a partir de la fecha de notificación de la decisión. Además, el reglamento elimina la Sección 6.22, que trataba sobre remedios extraordinarios, y renúmera la sección 6.23, relativa al descubrimiento de prueba, como sección 6.22. Finalmente, se añade una definición de "término jurisdiccional" en el Artículo 8 de Definiciones y se renúmera un inciso existente en dicho artículo. Las enmiendas buscan clarificar y precisar el marco legal para los procedimientos apelativos administrativos dentro de la institución.

Contenido del Reglamento

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO JUNTA DE GOBIERNO

Número: 8839 Fecha: 31 de octubre de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado

Por: Francisco E. Cruz Febus Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno

ENMIENDAS AL REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTOS APELATIVOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO

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ÍNDICE

Resumen Ejecutivo ..... 1 Artículo 2 - Apelaciones ante el Rector ..... 1 Artículo 3 - Apelaciones ante Junta Universitaria ..... 1 Artículo 4 - Apelaciones ante el Presidente ..... 2 Artículo 5 - Procedimiento Apelativo ante la Junta de Gobierno ......

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