Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
8834
Estado:
Activo
Año:
2016
Fecha:
25 de octubre de 2016
La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico emite la Enmienda a la Regla Núm. 72 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, titulada "Operación de la Reserva de Pérdidas de Seguros Catastróficos", con fecha del 25 de octubre de 2016. Esta enmienda, aprobada por el Secretario de Estado, modifica los Artículos 6 y 8 y deroga el Artículo 10 de la Regla 72 original. Su propósito principal es establecer el procedimiento que regirá la acumulación y la exposición de la Reserva de Pérdidas de Seguros Catastróficos, así como su reconocimiento como un pasivo. Además, busca proveer un mecanismo para proteger la exposición catastrófica mediante prácticas permitidas. La normativa aplica a todos los aseguradores en Puerto Rico que suscriben seguros catastróficos, conforme al Capítulo 25 del Código de Seguros. La necesidad de esta regulación se basa en el requisito, vigente desde 1994, de que los aseguradores acumulen reservas catastróficas para fortalecer su capacidad financiera ante dichos riesgos.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Guaynabo, Puerto Rico
Número: 8834 Fecha: 25 de octubre de 2016 Aprobado: Hon. Victor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado
Por: Francisco E. Cruz Febus Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Guaynabo, Puerto Rico
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