Agencia:
Departamento de Corrección y Rehabilitación
Número:
8821
Estado:
Activo
Año:
2016
Fecha:
6 de octubre de 2016
Este reglamento del Departamento de Corrección y Rehabilitación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, aprobado el 6 de octubre de 2016, establece normas para prevenir comunicaciones no autorizadas entre personas ingresadas en instituciones correccionales o juveniles y el exterior. Su propósito principal es minimizar los riesgos de actividades ilegales, como el tráfico de sustancias controladas o la conspiración para fugas y motines, que son facilitadas por el uso de celulares y equipos de telecomunicaciones no autorizados. El documento fija directrices uniformes para limitar la entrada y utilización de estos dispositivos dentro de las instalaciones. Además, detalla los requisitos y procedimientos para el uso de teléfonos públicos, la monitoría de llamadas y la incautación de equipos no autorizados. También contempla medidas disciplinarias para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones. En esencia, busca reforzar la seguridad y el control dentro del sistema correccional, equilibrando los beneficios del uso de comunicaciones autorizadas con la mitigación de riesgos.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
San Juan, Puerto Rico
Número: 8821 Fecha: 6 de octubre de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado
Por: Francisco E. Cruz Febus Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno
ARTÍCULO ..... PÁGINA I TíTULO ..... 1 II PROPÓSITO ..... 1 III BASE LEGAL ..... 2 IV APLICABILIDAD ..... 2 V DEFINICIONES ..... 2 VI NORMAS GENERALES...
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