CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Junta de Calidad Ambiental/Reglamento 8772

Reglamento 8772

Activo

Este Reglamento se promulga para cumplir con los siguientes propósitos: (1) establecer los requisitos mínimos para el manejo, almacenamiento, transportación, tratamiento y destrucción de DBR previo a su disposición de manera que no constituyan un riesgo a la salud humana y al medio ambiente; (2) establecer las normas y responsabilidades de los generadores, transportadores, manejadores intermedios e instalaciones de tratamiento y destrucción de los DBR; (3) mantener un registro de los generadores de DBR mediante un sistema de identificación por número; y (4) establecer un sistema de permisos para las instalaciones de tratamiento y destrucción o de manejo intermedio de DBR; y establecer otras medidas necesarias para proteger la salud, seguridad pública y el medioambiente, al promover el manejo adecuado de los DBR.

Información del Reglamento

Agencia:

Junta de Calidad Ambiental

Número:

8772

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2016

Fecha:

15 de julio de 2016

Descripción

El Reglamento para el Manejo y Disposición de los Desperdicios Biomédicos Regulados, identificado con el número 8772, fue aprobado el 15 de julio de 2016. Promulgado por la Junta de Calidad Ambiental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, este cuerpo normativo se fundamenta en la Ley Núm. 416-2004, conocida como Ley sobre Política Pública Ambiental. Su objetivo primordial es salvaguardar la salud humana y el medio ambiente. Para ello, establece los requisitos mínimos obligatorios para el manejo, almacenamiento, transportación, tratamiento y destrucción de los desperdicios biomédicos regulados. Estas directrices son cruciales para asegurar una disposición final segura y controlada de dichos materiales, mitigando riesgos ambientales y sanitarios.

Contenido del Reglamento

Número: 8772 Fecha: 15 de julio de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado

Por: Francisco E. Cruz Febus Secretario Auxiliar de Asuntos de Gobierno

REGLAMENTO PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN DE LOS DESPERDICIOS BIOMÉDICOS REGULADOS

Page 1

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL

A tenor con, y de acuerdo con la Ley Núm.416-2004, según enmendada, conocida como Ley sobre Política Pública Ambiental este

REGLAMENTO PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN DE DESPERDICIOS BIOMÉDICOS REGULADOS

Ha sido promulgado por la R...

Page 2

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito