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Reglamentos/Agencias/Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico/Reglamento 8760

Reglamento 8760

Activo

Reglamento de Medicación Controlada. El propósito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hípica, supra, y reglamentar la industria hípica responsablemente, conforme las facultades y responsabilidades de la Junta Hípica dispuestas en dicha Ley, así como de implementar el mandato contenido en la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), en su Sec. 2.19, actualizando periódicamente los reglamentos con el fin de que sirvan su propósito legislativo y fomenten la política pública desarrollada por este Cuerpo sobre los asuntos hípicos.

Información del Reglamento

Agencia:

Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico

Número:

8760

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2016

Fecha:

27 de mayo de 2016

Descripción

El Reglamento de Medicación Controlada, emitido por la Junta Hípica de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, fue aprobado el 27 de mayo de 2016. Este cuerpo normativo establece las directrices para el uso de medicamentos en la industria hípica, buscando asegurar la integridad de las competencias y el bienestar de los animales. Incluye disposiciones generales, su base jurídica y una detallada definición de términos relevantes. El reglamento aborda los propósitos y la administración de la medicación veterinaria, junto con las restricciones aplicables a diversos fármacos. Un capítulo fundamental se dedica al Programa de Medicación con Furosemide (PMF), especificando los criterios para la inclusión, exclusión y readmisión de ejemplares, así como las pautas para su correcta administración. Además, se definen las sustancias prohibidas y sus clasificaciones uniformes para mantener la equidad en las carreras. Finalmente, el documento detalla los procedimientos rigurosos para la toma, envío y análisis de muestras, garantizando la detección de cualquier infracción a las normas de medicación.

Contenido del Reglamento

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ADMINISTRACIÓN DE LA INDUSTRIA Y EL DEPORTE HÍPICO JUNTA HÍPICA

Número: 8760 Fecha: 27 de mayo de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado Por: Rolando J. Torres Carrión Subsecretario de Estado

REGLAMENTO DE
MEDICACIÓN CONTROLADA

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REGLAMENTO DE MEDICACIÓN CONTROLADA

ÍNDICE

Página: PREÁMBULO. ..... 01 CAPÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO I: TÍTULO ..... 02 ARTÍCULO II: BASE JURÍDICA ..... 02 ARTÍCULO III: PROPÓSITO ..... 02 ARTÍCULO IV: APLICABILIDAD ..... 03 ARTÍCULO V: INTERPRETACIÓN ..... 03 ART...

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