Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
8745
Estado:
Activo
Año:
2016
Fecha:
6 de mayo de 2016
La Regla Número 83 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico establece las normas y procedimientos para regular los sistemas de compañías tenedoras de aseguradores y organizaciones de servicios de salud. Define los criterios para evaluar los cambios de control en estas entidades, buscando asegurar la estabilidad y solvencia del sector. La normativa, emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico, detalla los requisitos para la adquisición de control, incluyendo la radicación de los Formularios A y E.
Asimismo, exige la inscripción anual mediante el Formulario B y la presentación de un resumen de inscripción con el Formulario C. Regula las transacciones sujetas a notificación previa, que requieren el Formulario D, y la presentación de informes sobre riesgo empresarial a través del Formulario F. La regla también aborda la notificación de pre-adquisición para evaluar el impacto competitivo y establece directrices para la declaración de dividendos extraordinarios y otras distribuciones, así como la suficiencia del sobrante. Su objetivo principal es mantener la supervisión efectiva sobre las estructuras corporativas y las operaciones financieras de las entidades aseguradoras y de servicios de salud en Puerto Rico.
Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO Guaynabo, Puerto Rico
Número: 8745 Fecha: 6 de mayo de 2016 Aprobado: Hon. Víctor A. Suárez Meléndez Secretario de Estado Por: Rôlando J. Torres Carrión Subsecretario de Estado REGLA NÚMERO 83 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE SEGUROS DE PUERTO RICO "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA REGLAMENTAR LOS SISTEMAS DE COMPAÑÍAS TENEDORAS DE ASEGURADORES Y ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD Y CRITERIOS PARA EVALUAR EL CAMBIO DE CONTROL"
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