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Reglamentos/Agencias/Oficina de la Industria Lechera/Reglamento 8658

Reglamento 8658

Activo

Reglamento para derogar el Reglamento Número 9 de la Industria Lechera aprobado el 14 de agosto de 2003, denominado como "Reglamento Número 9 de la Oficina de la Reglamentación de la Industria Lechera para establecer la marca del ganado lechero en las Vaquerías y las normas que regiran el movimientos y la compraventa de este ganado", registrado en el Departamento de Estado de Puerto Rico con el Número 6671. Deroga Regl. 6671

Información del Reglamento

Agencia:

Oficina de la Industria Lechera

Número:

8658

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2015

Fecha:

12 de noviembre de 2015

Descripción

Este reglamento, emitido el 12 de noviembre de 2015 por la Oficina de la Reglamentación de la Industria Lechera del Departamento de Agricultura de Puerto Rico, tiene como propósito principal derogar el Reglamento Número 9. Dicho reglamento, aprobado el 14 de agosto de 2003, establecía las normas para la marca del ganado lechero en las vaquerías y regulaba su movimiento y compraventa. La derogación se realiza con el fin de consolidar sus disposiciones. Específicamente, las normativas del Reglamento Número 9 serán incorporadas en el Reglamento Número 3 de la Oficina de la Reglamentación y Promoción de la Industria de Carne de Res. Este último reglamento, aprobado en 2008, ya establece un registro de marcas y normas para el movimiento y la compraventa de ganado de carne. La medida busca una unificación de la reglamentación sobre el marcaje y la transacción de ganado. El nuevo reglamento entrará en vigor treinta días después de su presentación en el Departamento de Estado, habiendo sido aprobado por el Secretario de Estado Interino y la Secretaria de Agricultura.

Contenido del Reglamento

Número: 8658 Fecha: 12 de noviembre de 2015 Aprobado: Sr. Javier B. González Secretario de Estado Interino

Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA SANTURCE, PUERTO RICO 00908 OFICINA DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA INDUSTRIA LECHERA

REGLAMENTO PARA DEROGAR EL REGLAMENTO NÚMERO 9 DE LA INDUSTRIA LECHERA APROBADO EL 14 DE AGOSTO DE 2003 DENOMINADO COMO "REGLAMENTO NÚMERO 9 DE LA OFICINA DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA INDUSTRIA LECHERA PARA ESTABLECER LA MARCA DEL GANADO LECHERO EN LAS VAQUERÍAS Y LAS NORMAS Q...

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