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Reglamentos/Agencias/Oficina de la Industria Lechera/Reglamento 8657

Reglamento 8657

Activo

Reglamento para enmedar las Secciones 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11 y 12, eliminar la Sección 9 y añadir nueva Sección 7 del Reglamento Número 10 de la Industria Lechera aprobado el 10 de agosto de 2005, registrado con el número 7018 en el Departamento de Estado de Puerto Rico, conocido como "Reglamento 10 de la Industria Lechera para Establecer Fórmulas para Canalizar el Excedente, Fijar Precios de la Leche en todos sus Niveles y Establecer las Normas de Expansión en la Producción y Derogar el Reglamento 351, según enmendado sobre este mismo asunto, aprobado el 29 de enero de 1957." Enmienda Regl. 7018 y Deroga Regl. 351

Información del Reglamento

Agencia:

Oficina de la Industria Lechera

Número:

8657

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2015

Fecha:

12 de noviembre de 2015

Descripción

El documento 8657, aprobado el 12 de noviembre de 2015 por el Departamento de Agricultura de Puerto Rico, establece enmiendas significativas al Reglamento Número 10 de la Industria Lechera. Este reglamento, originalmente aprobado en 2005, se enfoca en establecer fórmulas para canalizar el excedente, fijar precios de la leche en todos sus niveles y definir las normas de expansión en la producción. Las modificaciones incluyen la enmienda de las Secciones 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11 y 12, la eliminación de la Sección 9 y la adición de una nueva Sección 7. La autoridad legal para estas revisiones proviene del Plan de Reorganización Núm. 4 de 2010 y las Leyes Núm. 34 de 1957 y Núm. 170 de 1988. El propósito fundamental de estas acciones es abordar la inestabilidad endémica en la producción de leche en Puerto Rico, caracterizada por períodos de escasez y excedente. Esta situación ha generado relaciones comerciales deficientes y ha afectado la estructura de precios de la industria. Por tanto, el Estado busca establecer bases definitivas para el desarrollo y la estabilidad de la industria lechera, reconociendo su vital importancia para la salud pública y la economía del país.

Contenido del Reglamento

Número: 8657 Fecha: 12 de noviembre de 2015 Aprobado: Sr. Javier B. González Secretario de Estado Interino

Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA SANTURCE, PUERTO RICO 00908 OFICINA DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA INDUSTRIA LECHERA

Para enmendar las Secciones 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11 y 12, eliminar la Sección 9 y añadir nueva Sección 7 del Reglamento Número 10 de la Industria Lechera aprobado el 10 de agosto de 2005, registrado con el número 7018 en el Departamento de Estado de Puerto Rico, conocido como ...

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