Agencia:
Departamento de Salud
Número:
8652
Estado:
Activo
Año:
2015
Fecha:
19 de octubre de 2015
El Reglamento de la Secretaría de Salud Núm. 154, aprobado el 19 de octubre de 2015, establece las normas para los establecimientos dedicados a la práctica de la terapia del masaje en Puerto Rico. Su propósito principal es crear un registro de estos negocios y fijar los requisitos mínimos para su operación. Busca asegurar que la práctica del masaje se realice de manera segura tanto para los clientes como para los terapeutas. Además, garantiza que los terapeutas de masaje que trabajen en estos establecimientos estén debidamente licenciados y desalienta las prácticas ilegales disfrazadas de negocios de masaje. El reglamento detalla los requisitos para la inscripción, la planta física, el equipo y el personal. También aborda la expedición y renovación de licencias, inspecciones, y prohíbe operar sin licencia o emplear personal no licenciado. Se establecen penalidades por incumplimiento y se prohíbe la conducta sexual inapropiada. Este marco legal es aplicable a todos los establecimientos de masaje en la isla.
Número: 8652 Fecha: 19 de octubre de 2015 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
REGLAMENTO DE LA SECRETARIA DE SALUD NÚM. 154
REGLAMENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE SE DEDICAN A LA PRÁCTICA DE LA TERAPIA DEL MASAJE EN PUERTO RICO
ANA C. RIUS ARMENDARIZ, MD. SECRETARIA DE SALUD 1 DE OCTUBRE DE 2015
ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN ..... 1 ARTÍCULO 2. BASE LEGAL ..... 1 ARTÍCULO 3. PROPÓSITO ..... 1 ARTÍCULO 4. APLICABILIDAD ..... 1 ARTÍCULO 5. DEFINICIONES ..... 1 ARTÍCULO 6. INSCRIPCIÓN DE ESTABLECIM...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito