Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
8646
Estado:
Activo
Año:
2015
Fecha:
16 de septiembre de 2015
La Regla Núm. 4 (IV) del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros, establece un marco regulatorio integral para los ajustadores de seguros. Aprobada el 16 de septiembre de 2015, esta normativa deroga y reemplaza la Regla IV anterior, con el fin de modernizar y clarificar las disposiciones aplicables a estos profesionales. Su propósito principal es definir los requisitos de licenciamiento, los deberes, las responsabilidades y las normas de conducta para todas las personas que ostenten una licencia de ajustador, ya sean ajustadores públicos o independientes.
La regla detalla el proceso de solicitud de licencia, las fianzas requeridas y las estipulaciones para los ajustadores de emergencia. Además, establece las obligaciones contractuales entre los ajustadores públicos y los asegurados, así como las responsabilidades generales en el manejo de reclamaciones. Se incluyen también normas éticas estrictas, requisitos de registros e informes, y la obligación de cumplir con programas de educación continua. Finalmente, la normativa especifica las penalidades por incumplimiento, asegurando la transparencia y la profesionalidad en la industria de seguros de Puerto Rico.
Número: 8646 Fecha: 16 de septiembre de 2015 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
Regla Núm. 4 (IV) Del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico
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