Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
8641
Estado:
Activo
Año:
2015
Fecha:
9 de septiembre de 2015
La Regla Núm. 97 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros, establece el marco regulatorio para los "Intermediarios de Reaseguro". Su propósito principal es definir y regular las actividades de los productores y gerentes intermediarios de reaseguro en Puerto Rico. La normativa detalla los requisitos para la obtención de licencias, las obligaciones contractuales y los deberes específicos que deben cumplir estos intermediarios. Además, la regla impone responsabilidades a las aseguradoras cedentes y cesionarias que utilizan sus servicios, buscando asegurar la transparencia y la buena fe en las transacciones de reaseguro. También se establecen disposiciones sobre los libros y registros que deben mantener, los actos prohibidos, la autoridad para examen y las penalidades aplicables por incumplimiento. Esta regulación busca fortalecer la supervisión y la integridad del mercado de reaseguro en la jurisdicción.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Guaynabo, Puerto Rico Número: 8641 Fecha: 9 de septiembre de 2015 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios REGLA NÚM. 97 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE SEGUROS DE PUERTO RICO "INTERMEDIARIOS DE REASEGURO"
Guaynabo, Puerto Rico
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