Agencia:
Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
Número:
8605
Estado:
Activo
Año:
2015
Fecha:
15 de junio de 2015
El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) ha establecido un reglamento, aprobado el 15 de junio de 2015, para implementar un sistema de turnos de prioridad en todas sus oficinas. Este sistema está diseñado para beneficiar a personas con impedimentos, individuos de sesenta (60) años o más y mujeres embarazadas que soliciten sus servicios. La normativa busca asegurar la atención preferencial y el acceso equitativo a los servicios públicos para estas poblaciones vulnerables.
Su base legal se fundamenta en diversas leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Entre ellas, destacan la Ley Núm. 238 de 2004, conocida como la "Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos", que exige la igualdad de oportunidades y el acceso a servicios. También se apoya en la Ley Núm. 51 de 2001, que establece la obligación de crear sistemas de fila de servicio expreso, y la Ley Núm. 354 de 2000, que ordena conceder turnos de prioridad. El reglamento detalla los objetivos, la aplicabilidad, los procedimientos para la implementación del sistema y los requisitos para que familiares o encargados realicen gestiones en nombre de los beneficiarios. Con ello, el CRIM cumple con la política pública de atender las necesidades particulares de estos grupos, garantizando su preeminencia en la prestación de servicios.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
Número: 8605 Fecha: 15 de junio de 2015 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
REGLAMENTO PARA ESTABLECER EL SISTEMA DE TURNOS DE PRIORIDAD PARA PERSONAS CON IMPEDIMENTOS, PERSONAS DE SESENTA (60) AÑOS 0 MÁS Y MUJERES EMBARAZADAS QUE SOLICITEN LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) EN CUALQUIERA DE SUS OFICINAS
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