Agencia:
Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales
Número:
8602
Estado:
Activo
Año:
2015
Fecha:
4 de junio de 2015
La Enmienda al inciso 6 del Artículo 13 del Reglamento para Establecer las Normas y Procedimientos que Regirán la Adjudicación de Fondos para la Adopción de Códigos de Orden Público fue aprobada el 4 de junio de 2015. Esta modificación, emitida por la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, cuenta con la aprobación del Secretario de Estado y el Secretario Auxiliar de Servicios. Su base legal se fundamenta en la Ley 81-1991, conocida como "Ley de Municipios Autónomos", y la Ley Núm. 170 de 1988, "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". El objetivo principal de la enmienda es ajustar las normas y procedimientos que regulan la distribución de fondos del "Fondo Anual para la Adopción de Códigos de Orden Público". Este fondo fue establecido para promover la implantación y desarrollo de Códigos de Orden Público (COP) por parte de los municipios. Los recursos se asignan mediante un proceso competitivo a las municipalidades que soliciten y deseen adoptar dichos códigos, facilitando así su implementación.
Número: 8602 Fecha: 4 de junio de 2015 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ENMIENDA AL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO PARA ESTABLECER LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE REGIRÁN LA ADJUDICACIÓN DE FONDOS PARA LA ADOPCIÓN DE CÓDIGOS DE ORDEN PÚBLICO
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales
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