Agencia:
Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras
Número:
8526
Estado:
Activo
Año:
2014
Fecha:
20 de agosto de 2014
La Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico emitió el 20 de octubre de 2014 una enmienda al Reglamento Número 6078, conocido como "Reglamento de la Ley Uniforme de Valores". El propósito principal de esta modificación es añadir un nuevo Artículo 6A al reglamento existente. Este nuevo artículo establece una exención del requisito de inscripción para ciertos asesores de inversiones. La exención aplica específicamente a aquellos asesores que proveen servicios exclusivamente a fondos privados cuyos clientes cumplen con criterios de cualificación específicos. La normativa busca adoptar reglas claras para estos casos, definiendo términos como "fondos cualificados" y "fondos de capital de riesgo" en consonancia con las regulaciones de la SEC. Esta medida facilita la operación de asesores de fondos privados, siempre y cuando cumplan con los requisitos adicionales estipulados en el reglamento. El alcance de la enmienda rige a todo asesor de inversiones de fondos privados cualificados regulado por la Ley Núm. 60 y el Reglamento Núm. 6078.
Número: 8526 Fecha: 20 de octubre de 2014 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado Pm. 8.12 Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE INSTITUCIONES FINANCIERAS SAN JUAN, PUERTO RICO
ENMIENDA AL REGLAMENTO NÚMERO 6078 DE 18 DE ENERO DE 2000, CONOCIDO COMO "REGLAMENTO DE LA LEY UNIFORME DE VALORES"
ÍNDICE
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ARTÍCULO 1. TÍTULO..............................................................................................................................................................
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