Agencia:
Departamento de la Vivienda
Número:
8497
Estado:
Activo
Año:
2014
Fecha:
10 de julio de 2014
Estas enmiendas al Reglamento del Programa para la Rehabilitación de Viviendas fueron emitidas por el Departamento de la Vivienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el 10 de julio de 2014. Su propósito principal es introducir aclaraciones y otorgar nuevas facultades dentro del marco del programa. Específicamente, reconocen la capacidad de la Asamblea Legislativa para asignar fondos al Programa de Rehabilitación de Viviendas. Además, confieren al Secretario de la Vivienda la autoridad para declarar zonas urbanas elegibles para el programa mediante Orden Administrativa, basándose en su discreción y razones de política pública. La base legal para estas modificaciones se encuentra en la Ley Orgánica del Departamento de la Vivienda y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. El documento también inicia la enmienda del Artículo 4 del Reglamento para establecer definiciones.
DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA
Número: 8497 Fecha: 10 de julio de 2014 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estad 7-8-12 Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
ENMIENDAS AL REGLAMENTO DEL PROGRAMA PARA LA REHABILITACION DE VIVIENDAS
PÁGINA I. TÍTULO ..... 1 II. BASE LEGAL ..... 1 III. PROPÓSITO ..... 1 IV. ENMIENDAS ..... $1-5$ V. VIGENCIA ..... 6
Enmiendas al Reglamento del Programa para la Rehabilitación de Viviendas.
Estas enmienda...
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