Agencia:
Negociado de la Policía de Puerto Rico
Número:
8483
Estado:
Activo
Año:
2014
Fecha:
18 de junio de 2014
Este reglamento, aprobado el 18 de junio de 2014, tiene como propósito enmendar la Sección 12.2 del Artículo 12 del Reglamento de Personal de la Policía de Puerto Rico. La modificación se fundamenta en la Constitución y diversas leyes del Estado Libre Asociado, incluyendo la Ley de la Policía de Puerto Rico y la Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público. Un pilar fundamental para esta enmienda es el Acuerdo para la Reforma Sustentable de la Policía de Puerto Rico, suscrito en 2013.
El reglamento reafirma la política pública de no discrimen por razón de género, extendiéndola a raza, color, orientación sexual, identidad de género, ideología o afiliación política en todos los procesos de personal, como reclutamiento y ascensos. Se asegura que toda referencia a personas en el texto alude a ambos géneros. Esta iniciativa busca alinear las prácticas de la Policía de Puerto Rico con los compromisos de reforma y los principios de igualdad. El documento detalla la base legal y la exposición de motivos que justifican estas importantes actualizaciones en la normativa interna de la agencia.
Número: $\quad 8483$ Fecha: $\quad 18$ de junio de 2014 Aprobado: Hon. David E. Bernier River Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
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